| Antes
del examen de conciencia
Pedirás a Dios, quien te ha
creado, que te muestre en qué lo has ofendido, habiéndote atrevido
a rebelarte contra El, no habiéndolo querido conocer, ni amar, ni
servir; le pedirás perdón por tu insolencia, le pedirás luz para
conocer tus faltas, ayuda en tu memoria para recordarte de ellas
y voluntad para desterrarlas y arrojarlas fuera de tu alma por medio
de una sincera y dolorosa confesión. Te encomendarás así mismo a
María, a tu ángel custodio y tus santos patrones.
Examen de conciencia
Examinarás tu conciencia, discurriendo
por los mandamientos de la ley de Dios, de la Iglesia y obligaciones
de tu estado; verás en qué has faltado y cuántas veces. Si puedes
averiguar el número fijo de faltas que has cometido contra cada
uno de los mandamientos lo dirás; y si no, dirás las que poco más
o menos te parezca hayas cometido, o el tiempo que duró tal vicio
y las veces que solías faltar cada día o cada semana.
Examen sobre los mandamientos
En
el primero. Examinarás si has negado algún misterio de
la santa Religión, o dudado de él. Si has proferido palabras contra
la fe. Si has leído o tienes en tu poder libros prohibidos o que
merecen serlo. Si has desconfiado de la misericordia de Dios. Si
te has quejado de su providencia con odio contra Él o contra las
cosas sagradas. Si has invocado al demonio, cooperado o creído en
supersticiones, o consultado a los que obran por mal arte. Si te
has valido de hechicerías para saber alguna cosa para alcanzar lo
que pretendías o para librarte de algún mal, o llevas contigo algún
objeto de estas hechicerías o estas supersticiones.
En el segundo. Si has jurado
falsamente aunque sea por chanza y sin daño de tercero. Si has jurado
con verdad, pero sin necesidad. Si tienes costumbre de jurar. Si
has cumplido la penitencia medicinal que el Padre confesor te había
impuesto para que te librases de algún vicio... Si has blasfemado
de Dios, de la Santísima Virgen, Ángeles o Santos. Si has hecho
votos o promesas a Dios, a la Virgen, a los Ángeles y Santos, y
no has cumplido.
En el tercero. Si has trabajado
en día festivo... Si en los domingos y día de fiesta y obligación
has asistido a la misa con devoción o si has estado hablando, durmiendo
o advertidamente distraído, mirando objetos que no debías. Si en
los días de fiesta has asistido a la instrucción, sermón y demás
fiestas religiosas. Si en dicho día te has ocupado en otras obras
espirituales, o únicamente en obras mundanas, a que habías renunciado
en el Bautismo. Si desde el uso de razón has confesado a lo menos
una vez cada año, y si lo has hecho bien. Si desde esa edad has
comulgado al menos por la Pascua. Si desde los veintiún años has
ayunado en los días señalados, de no tener algún impedimento. Si
has faltado a las abstinencias. Si has presumido salvarte sin abstenerte
de lo malo, ni arrepentirte, ni confesarte, ni hacer frutos dignos
de penitencia, o si procurar hacer obras buenas.
En el cuarto. Si has ofendido
a los padres, maestros o superiores con palabras, acciones burlescas
y atrevidas o murmurando de ellos. Si has faltado a su obediencia
al prohibirte andar de noche, juntarte con malas compañías y asistir
a casas de juego y de peligro de pecar. Si has desobedecido cuando
te han mandado asistir a la Misa, explicación del Catecismo, al
Sermón y demás funciones de religión, recepción de Sacramentos y
demás obras buenas. Si has obedecido en las cosas de casa. Si has
hecho todo cuanto te han mandado, tan pronto como has podido y tan
bien como has sabido. Si cuando te han mandado una cosa has puesto
mala cara, refunfuñado o gruñido, has sido respondón o has dicho
que no lo querías hacer. Si, siendo padre de familia, o encargado
de ella, no has cuidado de la educación de tus hijos, etc., o les
has dado mal ejemplo o permitido entre ellos algún peligro de escándalo.
Si los has maldecido. Si has cuidado que asistiesen a la doctrina
y que aprendiesen a oír la santa Misa.
En el quinto. Si has tenido
odio al prójimo, o le has negado el saludo o procurado vengarte
de él. Si no has admitido la reconciliación, o le has dado algún
escándalo o mal consejo. Si has insultado a alguno de palabra o
de hecho, o has deseado para ti o para otro la muerte o algún otro
mal.
En el sexto. Si te has entretenido
en pensamientos torpes, aún sin ánimo de efectuarlos. Si has hablado
deshonestamente, cantado o oído cosas impuras, o leído libros o
papeles escandalosos. Si tienes figuras obscenas en láminas, cajitas,
alhajas, etc. Si has provocado a persona de diferente sexo de palabra
u obra, explicando las circunstancias. Si contigo mismo has cometido
alguna torpeza o con modas indecentes has dado escándalo al prójimo.
En el séptimo. Si has intentado
o deseado dañar los bienes de tu prójimo. Si has hurtado o retenido
lo ajeno. Si no has cumplido las obligaciones de tu oficio, o devuelto
lo hallado o restituido lo que debías restituir. Si comprando o
vendiendo has cometido alguna injusticia en el precio, medida o
calidad de la cosa. Si has prestado con usura excesiva. Si en las
dudas de licitud de algún contrato no lo has consultado con el confesor.
En el octavo. Si has mentido,
y si ha sido con el perjuicio del prójimo; si has descubierto algún
pecado grave oculto, aunque cierto, o sembrado discordia entre las
familias. Si has formado juicios temerarios o criticado la conducta
de tus superiores. Si no has restituido la fama quitada, y dado
satisfacción al prójimo ofendido.
Los mandamientos noveno y décimo
van comprendidos en el sexto y séptimo.
San Antonio María
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